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SESIÓN DEL 19 DE MAYO DE 1933.

 DILIGENCIA DE APERTURA

Este libro, compuesto de cien folios útiles, sellados con el del Ayuntamiento, se destina a insertar en él las sesiones ordinarias y extraordinarias que celebre la Corporación a partir del día 6 de mayo de 1933, hasta su terminación en el último folio. =

Y para que conste, firmo el presente con el Sr. Alcalde, en Paterna de Rivera a seis de mayo de mil novecientos treinta y tres.

El Alcalde, [no aparece ninguna firma] // El Secretario, Federico Villagrán.

Acta de la sesión ordinaria de 2ª convocatoria celebrada por el Ayuntamiento el día 19 de mayo de 1933.

En la Villa de Paterna de Rivera, siendo las veintiuna horas del día diecinueve de mayo de mil novecientos treinta y tres; previa convocatoria hecha en forma reglamentaria se reúnen en el salón de actos de esta Casa Consistorial los señores que forman el Ayuntamiento que al final firman con el fin de celebrar esta sesión ordinaria y publica de convocatoria y siendo la hora señalada por el Sr. Presidente se declaró abierta y aprobada que fue el acta de la anterior, se tomaron a continuación los siguientes acuerdos:

Primero.- Se acuerda prestar debido cumplimiento a las disposiciones que contienen los Boletines recibidos en la semana anterior.

Segundo.- El Alcalde da cuenta de las gestiones realizadas para conseguir el arreglo del reloj con las 300 ptas [1,80€] propuestas a lo que el relojero se ha negado, acordándose que ello se efectúe conforme lo pedido de trescientas cincuentas pesetas [2,10€], mitad ahora y el resto en el mes de septiembre.

Tercero.- El Ayuntamiento quedó enterado del servicio antipalúdico instalado semanalmente por el Dispensario de Medina Sidonia como ensayo en este pueblo, por si fuere conveniente establecerlo con carácter permanente [1]. El Ayuntamiento acordó que se sufraguen los gastos de locomoción como se pidió por el Inspector Provincial de Sanidad, a estos médicos de paludismo durante un periodo que termine el 31 de julio, fecha en que ya se tendrán datos suficientes para si conviene establecer tal Dispensario y en el entretanto se hagan gestiones para que se instale por cuenta del Estado facilitando el local.

Cuarto.- La Corporación quedó enterada de un oficio que remite el Excmo. Sr. Gobernador Civil n.º 566 del 27 anterior mediante el cual interesa que en evitación de perjuicios se libre a la Excma. Diputación Provincial las 728,10 ptas. [4,38€] que por suscripciones y anuncios del B.O. se le adeundan, acordándose que siendo muy precaria la situación del Ayuntamiento se proponga una moratoria y se abone ahora la mínima cantidad posible.

Quinto.- La Corporación quedó enterada de la resolución adoptada por el Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda contra el presupuesto ordinario de 1933 con motivo de la reclamación que contra el mismo presenta Don Gerardo Rodríguez Otero [2], en representación de parte interesada, por haberse dejado de consignar como en ejercicios anteriores y como consecuencia de anteriores acuerdos y expedientes la pensión que disfrutara la viuda del Secretario que fue de la Corporación Don Pablo Rojas Díaz. Sometido el asunto a la consideración del Ayuntamiento se acuerda por unanimidad entablar contra tal resolución el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Provincial que autoriza el artº ___ [3] del Estatuto Municipal, por considerarse que la resolución adoptada por la Corporación es justa y definitiva en derecho.

Con referencia al mismo asunto debatido anteriormente, la Corporación también acordó: Que existiendo el pleno convencimiento de todos de que el expediente de que se halla en los acuerdos de 12 de agosto de 1929 del Pleno y del 23 de septiembre del mismo año de la Permanente, no se instruyó como se dice ni mucho menos, se acuerda incoar a petición de la Presidencia y por unanimidad, una información por la Alcaldía documental y testificalmente, aportando cuantos documentos sean precisos y tomando declaración a cuantas personas intervinieran en dicho asunto, para exigir las responsabilidades que de esta falsedad puede derivarse.

Sexto.- Con el voto en contra del Sr. Traverso Fernández, se acuerda establecer un Depósito colectivo en local adecuado que se habilite, donde se depositarán los artículos sujetos a gravamen, mediante el pago por estancia de 5 céntimos el kilo en la chacina y lo que se establezca por los otros, satisfaciéndose el importe del arrendamiento con cargo al Ayto., resolviéndose con esto el ecrito que presenta el vecino Don Juan Cebada Colón y otras peticiones hechas.

Con ello, no habiendo más asuntos de que tratar se levantó la sesión que firman los señores asistentes, siendo las veinticuatro horas, de todo lo cual certifico como Secretario.

Aparecen las firmas de Ramón Dávila, Francisco Coca, José Montero, Juan Colón y Antonio Jiménez. Faltan: Luís Pérez (licencia), Gonzalo Cote, Manuel Benítez, Antonio Traverso, Bernardo Peña y José González. Secretario: Federico Villagrán.

Notas:

(1) La creación de los dispensarios antipalúdicos se debe a las obligaciones que derivan del Reglamento de Sanidad Provincial de 1925. Estos dispensarios jugaron un papel fundamental en las campañas antipalúdicas para garantizar el control, tratamiento y seguimiento a los afectados. El dispensario antipalúdico instalado en Arcos de la Frontera fue desde su fundación en 1927 y hasta 1931, prácticamente el único servicio de atención de palúdicos de la provincia de Cádiz, instalándose progresivamente el de Jerez en 1931 y el de Villamartín en 1932. Para poder prestar atención médica a la población de las zonas rurales fue fundamental la incorporación de automóviles para desplazarse a los cortijos y los pueblos circundantes de los que se recibían pacientes en el dispensario.” Fuente: Blog “Historia de Alcalá de los Gazules”, Memoria de Puelles y Espinosa sobre el estado antipalúdico de Alclá de los Gazules, Pablo Molanés Pérez, 19 de septiembre de 2015.

Ahondando en el mismo tema, no sería hasta 1935 cuando se estableció en Medina Sidonia un centro de salud de manera permanente. En 1935 abre sus puertas el centro primario de higiene de Medina Sidonia, centro que llevaba construido por varios meses pero que por cuestiones burocráticas continuaba clausurado. Este centro cubre a las localidades de la propia Medina Sidonia, Casas Viejas, Paterna de la Ribera [sic] y Alcalá de los Gazules, dándose las consultas de: Paludismo por el doctor Jiménez Lebrón; Maternología, puericultura e higiene escolar por el doctor J.Hurtado Núñez; Venerología y Sífilis por el doctor A. Butrón Linares, para hombres mujeres y niños aunque con distinto horario.” Fuente: “Revisión de las noticias sociosanitarias y profesionales en <Diario de Cádiz> (1931-1936)”, Trabajo Fin de Grado (Enfermería), María del Mar López Aido, curso 2014-2015. Facultad de Enfermería y Fisioterapia (Universidad de Cádiz).

(2) En 1925 y 1927 ejercía como Secretario del Ayuntamiento de Vicálvaro (Madrid). En 1931 era Secretario del Ayuntamiento de Puerto Real, tal como se especifica en La Gaceta de Madrid N.º 21, de 21 enero 1932, p. 539, al formar parte de una relación de funcionarios padres de ocho y nueve hijos beneficiarios del subsidio de familia numerosa.

(3) En blanco en el original.

REPRODUCCIÓN FOTOGRÁFICA (Fuente: Archivo Municipal de Paterna de Rivera):

¿DE QUÉ SE HABLABA ESTE DÍA?

Fuente: “AHORA”, del viernes 19 de mayo de 1933.

DETALLE DE PUBLICIDAD:

Fuente: “AHORA”, del viernes 19 de mayo de 1933.


PRÓXIMA ENTRADA:
sesión ordinaria del 23 de junio de 1933, a las 21:00 h.

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