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SESIÓN DEL 5 DE MAYO DE 1933.

Acta de la sesión ordinaria celebrada por el Ayuntamiento el día 5 de mayo de 1933.

En la Villa de Paterna de Rivera, siendo las veintiuna horas del día cinco de mayo de mil novecientos treinta y tres; previa convocatoria hecha en forma reglamentaria, se reúnen en el salón de actos de esta Casa Consistorial los señores del Ayuntamiento que al final firman, con el fin de celebrar esta sesión ordinaria y publica de segunda convocatoria y siendo la hora señalada, por el Sr. Alcalde se declara abierta y aprobada que fue el acta de la anterior, se adoptaron a continuación los siguientes acuerdos:

Primero.- Se acuerda prestar debido cumplimiento a las disposiciones que contienen los B.O. de la semana anterior.

Segundo.- La Presidencia dio cuenta de las gestiones hechas para proceder al arreglo del reloj de la torre [1] propiedad del Ayuntamiento, situado en la parroquia, acordándose por unanimidad que teniendo en cuenta el pésimo estado económico del Ayuntamiento y la carencia absoluta de recursos, pero considerando la necesidad de componerlo, se ofrezca al relojero propuesto, Sr. Otero [2], de San Fernando, 300 pesetas [1,80 €] en vez de 400 [2,40 €] que pidió, mitad de cuya primera cantidad se le entregará ahora y el resto en el mes de septiembre del año actual.

Tercero.- El Ayuntamiento oyó le lectura del expediente instruido con motivo de las incautación del Cementerio Parroquial, acordado por disposición de la Ley en Cementerio Municipal [3]. A dicho expediente se le prestó aprobación, acordándose que la misma Comisión que procedió a la incautación, redacte el Reglamento [4] para la administración y régimen de dicho establecimiento, cuyo Reglamento se traerá a la Corporación para su estudio definitivo y sanción si corresponde aprobarlo.

Cuarto y quinto.- Fue presentado a la Corporación el expediente instruido para la provisión, mediante concursillo, de la plaza de Médico Titular, Inspector Municipal de Sanidad, producida la vacante por Jubilación de Don Julio Díez Romero [5] y habiendo expirado el plazo del anuncio, en cumplimiento del artº 8º del Reglamento de 7 de marzo anterior por unanimidad se acuerda:

1º Nombrar para la referida plaza del Distrito 1º, que es donde se ha producido la vacante, al otro titular Don José Morillo Cabrales [6] , único solicitante que en tiempo y en forma legal acudió al Ayuntamiento con tal pretensión, a quien se le notificará este acuerdo para que se posesione del cargo en el plazo de un mes.

2º Que conforme a la facultad que el mentado Reglamento confiere a la Corporación, se provea la vacante del 2º Distrito que por traslado al primer deja el Sr. Morillo, por el turno de concurso libre de méritos, conforme al apartado 31 del artículo 13 del dicho Reglamento.

3º Que la designación entre los concursantes la haga en su día el Tribunal que determinan los artículos 14-15 del Reglamento, para lo cual en su día procederá el Ayuntamiento a la designación de los dos Concejales que han de formar parte del Tribunal de selección.

4º Que certificación de este acuerdo con los demás documentos reglamentarios, se remitan a la Inspección Provincial de Sanidad para el anuncio del oportuno concurso de méritos.

Sexto.- Llegado a conocimiento del Ayuntamiento que en la finca “La Parrilla” propiedad del Instituto de Reforma Agraria [7] y que fue del vecino de Jerez de la Frontera Don Ángel García Riquelme [8], complicado en los sucesos de 8 de agosto anterior [9], en cuya finca se está se están efectuando labores por cuenta de dicho García Riquelme y autorizado por el Instituto y con personal forastero, la Corporación ve esta determinación con el mayor disgusto, por significar ello la continuación del ex propietario en la finca, cuando las faenas necesarias en los olivares de la misma puede efectuarse por cuenta del Ayuntamiento y con obreros de los parados de aquí hasta que se hicieran los asentamientos definitivos. Por ello, la Corporación acuerda se eleve protesta a la Dirección del Instituto de Reforma Agraria, por entender que la determinación adoptada significa dejación de derechos a favor de los enemigos de la República, que por la Ley no deben intervenir para nada en esas fincas desde el momento en que se llevó a cabo la ocupación material por el Instituto.

Séptimo.- El Ayuntamiento quedó enterado de haberse ingresado en Caja 857,10 (ochocientas cincuenta y siete ptas. con diez céntimos) [10] importe del diez por ciento de paro forzoso correspondiente al tercero y cuarto trimestre de 1932.

Octavo.- El Ayuntamiento acordó designar al Secretario de la Corporación Don Federico Villagrán Galán, para la presentación de mozos que tienen que revisar ante la Junta el día 13 corriente procedentes de los Reemplazos 1929-1931.

Noveno.- El Ayuntamiento acordó designar al Secretario de la Corporación Don Federico Villagrán Galán,para que en representación de la misma se persone en la Depositaría de la Delegación de Hacienda de la provincia y perciba los trimestres que se encuentren al cobro procedente del 10% de paro forzoso, cantidad que seguidamente se ingresará en Caja dando cuenta de ello al Ayuntamiento.

No habiendo más asuntos que tratar, se levantó la sesión que firman los señores asistentes, siendo las veintitrés horas, conmigo el Secretario que certifica.

Aparecen las firmas de Ramón Dávila, Francisco Coca, Manuel Benítez, José Montero, Juan Colón, Antonio Traverso, Gonzalo Cote y Antonio Jiménez. Faltan: Luís Pérez (licencia), Bernardo Peña y José González. Secretario: Federico Villagrán Galán.

Notas:

(1) Pinchando AQUÍ se accede a un interesante y completo artículo publicado en la Revista “El Alcaucil”, n.º 38, en marzo de 2004, reproducido en el blog de Juan Francisco Moreno Castro, bajo el título de “El Reloj de la Iglesia de Paterna de Rivera”, 20/11/2013.

(2) Don Tomás Otero Picón, era el relojero municipal de San Fernando. Información sobre su quehacer AQUÍ.

(3) Ley dictando reglas relativas a los cementerios municipales. Gaceta de Madrid: núm. 37, de 6 de febrero de 1932, p. 946. Ministerio de Justicia.. Pinchando AQUÍ se accede a la Ley en su totalidad.

(4) Obviamente a lo que se refiere el acta sería a la redacción del reglamento de régimen interior del cementerio, puesto que el Reglamento que desarrolla la Ley de Cementerios Municipales, de 30 de enero de 1932, fue publicado hacía algo menos de un mes, en la Gaceta de Madrid núm. 102, de 12 de abril de 1933, pp. 278-281 (pinchar AQUÍ para su lectura al completo).

(5) Además de médico, Julio Díez Romero, fue alcalde en varias ocasiones. José Luis Gutiérrez Molina cuenta que, en 1930, José Antonio Primo de Rivera, cuando era miembro de Unión Monárquica Nacional, el partido nacido de Unión Patriótica, fundado por su padre, acudió a Paterna, invitado por Julio Díez, para celebrar un mitin en la plaza de la Iglesia, pero los anarcosindicalistas se lo impidieron. Fuente: “Casas Viejas: del crimen a la esperanza”, p. 113. Almuzara, 2008.

(6) José Morillo Cabrales (Cádiz, 28 junio 1893 – San José del Valle, 8 junio 1953). Casado el 1 junio 1930, Paterna de Rivera, con Francisca Orellana García (8 febrero 1906 – 10 septiembre 1977).

(7) Instituto de Reforma Agraria (IRA), organismo encargado de implementar la proyectada Reforma Agraria durante la Segunda República, creado mediante decreto de 25 de septiembre de 1932. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre. Más AQUÍ.

(8) Ángel García Riquelme, además de la expropiación de su finca “La Pinilla”, referenciada en este acta, sufrió, junto a otros civiles jerezanos, la deportación a Villa Cisneros. Fuente: “El Guadalete: periódico literario y de interés general”, núm. 25294, p. 2, del 22 septiembre 1932.


(9) Se refiere al fallido golpe de Estado, conocido como la "Sanjurjada”, por haber sido encabezado por el general José Sanjurjo, apoyado por un sector del ejército y una trama civil de monárquicos y liberales antidinásticos constitucionalistas. Realmente ocurrió el 10 agosto 1932, y no el 8 de agosto, como se refleja en acta. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre.

(10) Equivalentes a 5,15 euros.

*** Al ser este acta la que ocupa la última página del Libro N.º 2, se procede a hacer una diligencia en tal sentido, que queda como sigue:

DILIGENCIA DE CIERRE

Teniendo los cien folios útiles de que consta este libro se cierra con la sesión del 5 de mayo de 1933, estampando esta diligencia para la debida constancia.

Paterna de Rivera a seis de mayo de mil novecientos treinta y tres.

El Alcalde, Ramón Dávila // El Secretario, Federico Villagrán


REPRODUCCIÓN FOTOGRÁFICA (Fuente: Archivo Municipal de Paterna de Rivera):

¿DE QUÉ SE HABLABA ESTE DÍA?

Fuente: “LA VANGUARDIA”, año LII, núm. 21587, del viernes 5 de mayo de 1933.

DETALLE DE PUBLICIDAD:

Fuente: “LA VANGUARDIA”, año LII, núm. 21587, del viernes 5 de mayo de 1933.


PRÓXIMA ENTRADA:
sesión ordinaria del 19 de mayo de 1933, a las 21:00 h.

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