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SESIÓN DEL 21 DE JULIO DE 1933.

Acta de la sesión ordinaria de 2ª convocatoria celebrada por el Ayuntamiento el día 21 de julio de 1933.

En la Villa de Paterna de Rivera, siendo las veintiuna horas del día veintiuno de julio de mil novecientos treinta y tres; previa convocatoria hecha en forma reglamentaria, se reúnen en el salón de actos de esta Casa Consistorial los señores del Ayuntamiento que al margen se anotan [no se relaciona ningún nombre] con el fin de celebrar esta sesión ordinaria y publica de convocatoria que no pudo tener lugar el miércoles anterior por falta de asistentes y siendo la hora señalada, por el Sr. Presidente se declaró abierta y aprobada que fue el acta de la anterior, se tomaron a continuación los siguientes acuerdos:

Primero.- Se acuerda prestar debido cumplimiento a las disposiciones que contienen los Boletines Oficiales recibidos en la semana anterior.

Segundo.- El Ayuntamiento como continuación del acuerdo de 23 de junio último, en que se dispusiera aplazar la resolución de este asunto hasta que se reuniera número suficiente de Sres. Concejales, somete el asunto a discusión y luego a votación nominal se acuerda por unanimidad: Que se solicite de la Excma. Diputación Provincial, la autorización que determina el artículo … de la Ley Municipal de octubre de 1877 y que también se recabe el parecer de dos Letrados que designe la Alcaldía y que una vez reunidos estos (antecedentes) requisitos, se remita nuevamente al Tribunal Provincial de lo contencioso el escrito de recurso devuelto por adolecer de estos detalles, puesto que el Ayuntamiento considera es de extricta [sic estricta] justicia lo acordado al anular la consignación de su pensión que disfrutaba la Dª Isabel Lobato Sánchez, viuda del Secretario que fue de este Ayuntamiento Don Pablo Rojas Díaz, como se acredita en los varios acuerdos sobre el particular adoptados y expediente instruido al efecto.

Tercero.- Representando un foco de infección el estado en que se encuentra el pozo que fue Noria de la llamada Huerta Perdida, propiedad de los Herederos de Don Manuel Cebada Barroso, la Corporación acuerda se requiera a dichos propietarios para que en el plazo de 20 días procedan a cercar dicho pozo o a cegarlo completamente ya que el estado en que se encuentra representa un inminente peligro para la salud y seguridad de los vecinos.

Cuarto.- Llegado a conocimiento de la Corporación que en algunos establecimientos y casas particulares se juega a los prohibidos, se acuerda se excite el celo a la Guardia Civil y se pase oficio a todos los Taberneros haciéndole saber la responsabilidad que contraen al consentir se jueguen en su establecimiento.

Quinto.- Encontrándose en pésimo estado de conservación el pozo del Ayuntamiento denominado “Bastío” y siendo costumbre de siempre que el arreglo periódico del mismo se efectúe entre los propietarios colindantes, únicos que de su agua se aprovechan principalmente, y el Ayuntamiento, se autoriza a la Presidencia para que los cite y con ellos concierte tal arreglo imprescindible.

Sexto.- Siendo altamente conveniente para los intereses de la población y para el fomento de la feria de septiembre que las rastrojeras no se quemen hasta pasada dicha feria con el fin de que el ganado que concurra tenga donde pastar, por unanimidad así se acuerda, y se autoriza a la Presidencia para que en este sentido se fijen edictos y multe y denuncie a los infractores.

Séptimo.- Varios Sres. Concejales se quejan del precio a que se viene vendiendo la harina y el pan en la localidad, que resulta sin razón que lo justifique más caro que en los demás pueblos limítrofes. En su vista y sin tener en cuenta los precios medios fijados por la superioridad, se acuerda que por la Presidencia se llame la atención del fabricante para que reduzca los precios al límite producido entre el trigo, la harina y el pan.

Octavo.- Para la designación y formación del Tribunal que ha de clasificar a los aspirantes a la plaza vacante de Médico titular, anunciado en la Gaceta del 15 del pasado, y que ha de asistir a la capital de la provincia a formar el mencionado Tribunal en cumplimiento del Reglamento de 7 de marzo de 1933, se designan a los Sres. Concejales Don Francisco Coca Santos y Don Antonio Jiménez Abalo y como suplente al Sr. Pérez Ibáñez.

No habiendo más asuntos de que tratar, se levantó la sesión siendo las veintitrés y media, firmando los Sres. Asistentes, conmigo el Secretario que de todo certifica.

Aparecen las firmas de Ramón Dávila, Francisco Coca, Luís Pérez, Manuel Benítez, Juan Colón y Gonzalo Cote. Faltan: Antonio Traverso, José Montero, Bernardo Peña, Antonio Jiménez y José González. Secretario: Federico Villagrán.


REPRODUCCIÓN FOTOGRÁFICA (Fuente: Archivo Municipal de Paterna de Rivera):

¿DE QUÉ SE HABLABA ESTE DÍA?

Fuente: “EL GUADALETE”, año LXXXI, núm. 25540, del 21 de julio de 1933.

DETALLE DE PUBLICIDAD:

Fuente: “EL GUADALETE”, año LXXXI, núm. 25540, del 21 de julio de 1933.


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sesión ordinaria del 10 de agosto de 1933, a las 21:00 h.

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